En el verano de 1995 la LFP decidió excluir de sus
competiciones para la temporada 1995/96 al R. C. Celta de Vigo y al Sevilla F.
C. (relegándolos, de ese modo, a Segunda División B) por distintos defectos en
la documentación de su inscripción, al día siguiente de cumplirse el plazo para
su entrega. Simultáneamente, el Real Valladolid C. F. y el Albacete Balompié,
dos equipos descendidos a Segunda División a la conclusión del campeonato
anterior, fueron invitados por la LFP a ocupar las plazas de Celta y Sevilla,
apresurándose a formalizar su inscripción.
Los dos clubes afectados presentaron sendos recursos
amparándose en la Ley General de la Administración y del Procedimiento
Administrativo Común, considerando que la LFP había vulnerado el derecho de
ambas entidades a subsanar, una vez notificadas, las deficiencias documentales
de un expediente entregado en plazo. Por su parte, el Valladolid y el Albacete
también presentaron sus alegaciones al Consejo Superior de Deportes (CSD), al
considerar inaplicable la Ley de Procedimiento Administrativo por tratarse la
LFP y la RFEF de entidades privadas, demandando así que se reconociese su
categoría una vez aceptada la invitación recibida y formalizada la inscripción
conforme les había sido requerida.
Paralelamente, y como medida de presión, hubo importantes
movilizaciones por parte de los hinchas de los clubes implicados e, incluso,
desde el CSD se denunciaron presiones políticas.
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